jueves, 20 de noviembre de 2008

REFLEXIONES SOBRE LA CRISIS ECONÓMICA (I)


de noche en tus ojos
Cargado originalmente por DesVelado


PRÓLOGO / INTRODUCCIÓN.

¿Estamos en una crisis económica? Formular esta pregunta hace tan sólo unos meses suponía un elemento de juicio político de tal magnitud que se podía considerar antipatriota a aquel que emitiese una respuesta afirmativa a la cuestión. Hoy, por suerte o por desgracia, existe un consenso generalizado, a fuerza de la realidad de los datos, de la existencia de la crisis.

Ante la vorágine de las contínuas noticias (que más que informaciones son titulares) y el rápido acontecimiento de los hechos negativos de carácter económico, poco se ha reflexionado y meditado sobre los problemas, las causas y las buenas soluciones para superar esta "mala racha de resultados" (como se diría en el fútbol) . Eso es lo que se intentará hacer, buscar las claves económicas desde la óptica de un no economista. Intentar encontrar, de una manera lo más fácilmente entendible posible, el ADN de este ser que parece encontrarse enfermo.

No podemos evitar mencionar como el gran blog de Leopoldo Abadía como el inspirador de esta serie de artículos. Su genial blog, que creo se titula LA CRISIS NINJA puede visitarse clikeando aquí, es de recomendada lectura. Se comprenden muchas cosas, que en los próximos textos intentaremos sintetizar para un fácil diagnóstico de los síntomas de esta situación actual. Otros textos de referencia para intentar comprender el problema es el Informe Recarte.

Y ante la permanente desconfianza con la que el ciudadano mira a sus políticos, también habrá que meditr a cerca de la culpa que puedan tener en esta situación, así como el modelo económico que debe regir la vida y destinos de un país. Sí, debate ideológico puro y duro. Si ese gran eslogan "Menos mercado, más Estado" es cierto, o simplemente otra frase vacía que se incrusta en el rebaño electoral. Las cumbres internacionales para supuestamente refundar el capitalismo, como una continuación de las de Bretton Woods, todavía está por ver si es otro anuncio de cara a la galeria, o si por el contrario sirve para algo.

martes, 9 de septiembre de 2008

En defensa de la vida

Todo Estado de Derecho tiene como fin primordial la defensa de la vida. Por eso el aborto es un delito, tipificado en nuestro Código Penal. Lo que existe en nuestro ordenamiento jurídico son unos supuestos de despenalización, recogidos en la famosa -y controvertida- Sentencia del Tribunal Constitunal 53/1985, los cuales son: 1) Grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada 2) Exista delito de violación 3) Presunción de que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas. Analicemos a continuación cada supuesto pormenorizadamente.
1) Grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada. Se distinguen aquí dos hipótesis: A) Peligro para la vida de la madre B) Salud psíquica de la embarazada. Aunque lo pudiese parecer, no es el mismo supuesto.
En el primer caso, el ordenamiento jurídico, ni el sentido común, puede valorar una vida como primordial sobre otra, porque cada vida se tiene que tener como una valor supremo, y ante la colisión entre el mismo e identico valor, no se puede optar entre uno u otro, es decir, que nadie puede estar obligado a entregar su vida por otra, salvo que voluntariamente esté dispuesta a dar ese paso.
Pero distinto es el supuesto B) bajo el cual se produce el gran coladero a la hora de esquivar los requisitos legales para abortar. ¿Qué se entiende como un riesgo para la salud psíquica? Más aún cabe hacerse esta pregunta cuando la sentencia habla de este supuesto como un caso límite que excede a lo exigible a la madre.
2) Exista delito de violación. Entiende nuestro TC que "basta considerar que la gestación ha tenido su origen en la comisión de un acto no sólo contrario a la voluntad de la mujer, sino realizado venciendo su resistencia por la violencia, lesionando en grado máximo su dignidad personal y el libre desarrollo de su personalidad, y vulnerando gravemente el derecho de la mujer a su integridad física y moral, al honor, a la propia imagen y a la intimidad personal. Obligarla a soportar las consecuencias de un acto de tal naturaleza es manifiestamente inexigible".
¿Es este un acto que requiera desproteger la vida? ¿Se evita así el dolor y la vejación sufrida por la mujer violada, o en su defecto se atenúa el sufrimiento? ¿Puede un delito atenuar el mal causado? Son elementos de reflexión, nadie obliga a la madre a soportar la "carga" de un hijo, por eso la adopción, creo que es el mejor camino para dar vida y alegría a aquellos que la buscan y por motivos naturales no la consiguen. Hablamos que un acto malo, pueda convertirse en algo bueno, en un acto de generosidad incalculable.
3) Presunción de que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas. Este supuesto es el llamado supuesto terapéutico o eugenésico, aquí el alto Tribunal se dedica a hacer unas indicaciones inncesarias, en vez de acudir al fondo del asunto y el porqué se puede abortar cuando el feto sea disminuido físico o psíquico. Simplemente se preocupa de exigir un dictamen médico previo para realizar esta interrupción del embarazo, y da como único fundamento "la peculiar relación entre la embarazada y el nasciturus hace que la decisión afecte primordialmente a aquella" ¿Qué quiere decir esto? sencillamente nada.
Mal está una sociedad cuando bajo los eufemismos de "terapéutico" o "eugenésico" elimina, sin que pueda existir ninguna razón para ello, a las personas disminuidas. Horror que nos escandaliza en la Alemania Nazi, pero que tenemos nosotros vigente en nuestro ordenamiento. La selección natural de una raza superior, porque el que tiene una minusvalía no merece ser digno de vivir. A lo mejor eso explica el gran descenso, por ejemplo, de niños con síndrome de Down. Creo que a todas luces, en una mente cabal y honesta, esto es una auténtica aberración contra el concepto de humanidad.
Estos tres supuestos despenalizados, hay que ver si se complementan o se contraponen contra lo mismo que dice el TC sobre el derecho a la vida: "La vida humana es un devenir, un proceso que comienza con la gestación, en el curso del cual una realidad biológica va tomando corpórea y sensitivamente configuración humana, y que termina en la muerte"... "Dentro de los cambios cualitativos en el desarrollo del proceso vital, y partiendo de que la vida es una realidad desde el inicio de la gestación tiene particular relevancia el nacimiento" ... "Si la Constitución Española protege la vida, con la relevancia a que antes se ha hecho mención, no puede desprotegerla en aquella etapa de su proceso que no sólo es condición para la vida independiente del claustro materno, sino que es también un momento del desarrollo de la vida misma; por lo que ha de concluirse que la vida del nasciturus, en cuanto éste encarna un valor fundamental, la vida humana, garantizado en el artículo 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra dicho precepto fundamento constitucional"
Lo que se pone de manifiesto ante el intento de reforma, o de creación de otra Ley del Aborto, es el fracaso de dos cosas: 1) de la cultura de la vida, frente a la muerte y el asesinato 2) la educación sexual.
1) En una sociedad donde poquito a poco, se le intruye al individuo en el hipotético elemento progresista del aborto, como elemento de decisión de la mujer sobre su propio cuerpo, y se eleva esto a logro social, no deja más que en evidencia más que una completa falta de reflexión por parte de esa masa. A mi modo de ver, el crímen más aberrante para el ser humano es aquel en el que un padre o una madre asesinan a sus hijos, si éste crimen se produce precisamente cuando tu hijo es más dependiente de ti para su vida, mayor es la aberración. Creo que a todos nos horripilaría una madre que no diese de comer a su recién nacido, y este muriese por inanición.
Una sociedad que pueda sostener que la eliminación del curso de la vida de un ser humano es un progreso, es una sociedad sin valores ni principios básicos, pues la vida es el valor superior, esencial y fundamental en cuanto que es el supuesto inicial sin el cual los restantes derechos no tienen existencia posible. Pero, cuando esa sociedad pretende recoger en su ordenamiento jurídico una regulación permisiva con el aborto, esa sociedad está enferma de Justicia y es capaz de justificar cualquier holocausto. No olvidemos que la vida que muere, es la más indefensa de todas. Por eso no cabe mejor y mayor progreso en una sociedad que proteger a la parte más débil. Eso sí es progresismo. Una sociedad tiene que crear las leyes y normas que mejoren la vida de sus miembros, que traegan el bien y no provoquen mayor dolor y sufrimiento.
2) El fracaso en la educación sexual no viene por que haya habido una parte social católica que esté encontra de esa enseñanza. Viene de un mensaje claro en el "aprendiendo", que se podría resumir en "disfruta del sexo, porque es divertido, es placentero, y no tiene consecuencias". Cada cual es libre se mantener relaciones sexuales con quien quiera, claro está, pero no se puede pretender que la educación se base en un "aquí no pasa nada", si te quedas embarazada te tomas una pastilla y punto, y sino te la quieres tomar abortas y problema solucionado. Y ahí radica gran parte de la culpa de la mala educación sexual. Una vida es un problema, no una alegría. Aunque la educación sexual da para otro tema aparte, por lo que no abarcaré más.
Por eso estoy encontra del aborto, porque defiendo la vida, defiendo a la parte más indefensa, creo en la generosidad y en la bondad que reside en todo ser humano. Por eso no creo que la solución al funcionamiento delictivo de las clínicias abortistas que se lucran con la muerte (como bien se mostró en un documental que puedes ver enlazando aquí) no pasa por legalizar sus crímenes, se logra con la persecución de aquellos que por un beneficio económico se saltan la ley bajo un impunidad que es obscena. Y así nos hemos convertido, en un rebaño manso, aborregado, sin capacidad para defender la vida en sus comienzos, España convertida en paraíso y romería de las madres que quieren poner fin a la vida de sus hijos. Todo un progreso.

jueves, 31 de julio de 2008

Libertad de expresión vs. libertad de decir lo que se quiera

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Dos veces han condenado a Federico Jiménez Losantos. Estas condenas vuelven a traernos la lucha, el enfrentamiento, la colisión de derechos. ¿Puede cualquier periodista, locutor, personal que trabaja en medios de comunicación decir lo que le venga en gana? No hablamos de dar informaciones falsas, tratamos el asunto de poder opinar sobre cualquier tema sin tener que prestar cuentas a nadie.

A mi juicio, la libertad de expresión, como cualquier otra libertad, está limitada. Creo que a nadie se le escapa que dentro de un opinión política no caben ciertas palabras. La línea por donde uno se mueve es difusa y es difícil saber cuando determinadas frases entran dentro de la libertad de expresión y cuando atentan contra la verdad y el derecho al honor y a la imagen de las personas. Por eso creo que para criticar la pésima labor de Zarzalejos al frente del ABC, no hacía falta decir determinados insultos que hacen perder la razón a quien la tiene, aunque a la vez esa es la "gracia" del programa de La Mañana. Igual que considero que para criticar a Eduardo Madina no es necesario decirle si necesita que la ETA le vuelva a pegar un tiro para darse cuenta que no se puede negociar con ellos. Todos sabemos lo que entra dentro del sentido común.

Yo no tengo nada en contra de Jiménez Losantos, me parece incluso una figura necesaria dentro del panorama político-comunicativo español. Pero bueno, si para mantener a su audiencia necesita utilizar ese lenguaje agresivo e insultante que emplea en ocasiones, lo normal es que pague un plus en condenas. Y él ya se lo cobrará a sus anunciantes.

martes, 22 de julio de 2008

El ejercicio de la justicia

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La sentencia favorable al juez Javier Gómez de Liaño, por el caso Sogecable, es una mala noticia para el sistema judicial español. Que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo le de la razón, significa que no tuvo un juicio imparcial, que se vulneraron por nuestros tribunales los principios más elementales en la aplicación de la justicia. Lo dicho, una mala noticia para España.

Y este ejemplo no sirve para poner de relieve, una vez más, que vivimos bajo una democracia formal, y no una democracia real. Hace tiempo que los tribunales vienen dictando sentencias conforme a amiguismos, intereses políticos del momento y demás arbitrios subjetivos del derecho. Y eso no se puede permitir.

Porque no podemos olvidarnos que, en este caso, nuestro Tribunal Constitucional le negó el amparo a Gómez de Liaño. Y como ésta muchas otras. El poder judicial, que está doblegado al poder político, hincó la rodilla ante los poderosos. Como ha hecho también con los Albertos. Y así nos va, cuando se tratan temas políticos que deben de ser juzgados por los tribunales, ¡ay de aquel juez que intente ser objetivo y honrado! Viene sucediendo así desde que el Psoe de Felipe decidió que era hora de meter mano a los tribunales que les podía juzgar e impedir que el garito que se iban a montar fuese ilegal. Como sucedió con tantas reformas legislativas con sentencias tan polémicas y tan del gusto del político-gobernador-legislador.

Pero ante tanta bastarda manta de corruptos, menos mal que todavía existe una instncia superior, que a día de hoy, no han conseguido meterle mano. Aunque seguro que lo intentan. Todo llegará.

miércoles, 25 de junio de 2008

El Estado y mis padres

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Querido amigo:

Yo creo en la necesidad del Estado, más allá de funciones simplemente de Defensa y Justicia. Eso no implica que deje de creer en la libertad del individuo. Individuo que se relaciona socialmente con sus semejantes, que no puede vivir apartado, pues no sobrevive. Es en esa convivencia donde surge y es necesario el Estado. Pero su libertad es inviolable y libre de coacciones en su pensamiento.

Lo que yo vine a poner de relieve en mi anterior escrito es: Dado que el Estado presta el servicio de la educación, debe de dar la educación que los padres quieren para sus hijos, no la que el Estado quiere como adoctrinatario de futuros votantes. Ya que con mis impuestos pago una enseñanza pública, el servicio se debe de prestar conforme a lo que el individuo quiera para sus descendientes, no a la inversa. ¿En qué otro caso se puede producir una situación similar a que el que te presta un servicio por el dinero que pagas te dice lo que tienes que hacer y te impide el desarrollo de tus ideas? Otra cosa es que deba existir una enseñanza pública. Ese es otro tema que yo no he tratado.

Comentas también una contradicción, que yo la verdad no veo. No hay ningún problema en la indepencia de credo de un Estado, es más, es lo que tiene que ser, y digo todavía más, eso es lo que existe hoy en España. Pero se confunde eso, aconfesionalidad, con la laicidad, que es un tema muy distinto. Pero sí creo que el Estado garantiza libertades. Si no fuese así, no existiría más justicia que la que nos arrogásemos nosotros. En una sociedad, las libertades suelen estar limitadas en los derechos de los demás, algo que algunos infelices, supongo, llaman convivencia, dentro del normal razocinio y costumbres de los lugareños.

También tema distinto es la imposición de una materia obligatoria de carácter moral y de la formación ideológica del individuo, con mayor gravedad dado que este individuo está todavía en periodo de aprendizaje. Que esto esté dictado por el Estado es lo que está fuera de toda lógica. Que sea el gobierno de turno el que ideologice a nuestros pequeños con sus fobias, manías, ideología, y demás convicciones morales del hombre, me parece aberrante. Esto no tiene nada que ver, con que el hombre pueda manifestar y vivir conforme a su fe. El Estado no la impone, debe simplemente vigilar por su posible cumplimiento.

Atentamente.

lunes, 23 de junio de 2008

Papa Estado

Sin duda, uno de los grandes problemas de nuestros tiempos es la falta de claridad en la distinción entre lo público y lo privado. ¿Cuando o por qué algo pasa de la esfera privada a la pública? Esta pregunta suele ser contestada facilmente por los "infectados" por el positivismo jurídico; estos contestarían que cuando lo dice la Ley. Normalmente este tipo de argumentos están muy extendidos y no deja de ser una forma de sacarse un conejo de la chistera cual mago itinerante, sin obligarse a argumentar ni a justificar el hecho de que el Estado dicte normas de salud, hábitos de higiene, civismo, valores morales...un catálogo extenso, aburrido y agobiante.

Siempre me he preguntado por qué hay anuncios de Renfe (monopolio estatal). ¿Para que hacer un gasto en publicidad de un servicio si es la única empresa que explota el transporte ferroviario?( En este tema ya entraré). Pero al hilo de tu articulo me hago otra gran pregunta, ¿Por qué el Estado debe intervenir en la educación y en el culto religioso de los ciudadanos, es más, como se articula la idea de Libertad Religiosa con la intervención del Estado? ¿No es esto último una contradicción?

Precisamente la idea de que el estado garantice libertades es una perversión en sí misma (Ver, Estado Omnipotente, Mises). La intervención del estado siempre supone límites a las libertades humanas. Pero al margen de establecer límites, el estado como depredador insaciable, se considera legitimado, por la ignorancia e ingenuidad de los que piden que este mismo garantice sus libertades privadas, a dictar normas y pautas morales y a materializarlas en leyes.

Pongo sobre la mesa la idea de que en tu artículo existe desde mi punto de vista una gran contradicción o como mínimo un gran misterio: ¿Cual es el problema de un estado laico, es decir, independiente de credo o confesión? ¿En que daña a los católicos o a los musulmanes la idea de un estado que no intervenga en algo tan privado como en las creencias propias?

Lo curioso de todo es que los mismos que reclamais al estado que garantice vuestras libertades religiosas otorgándole autoritas y potestas en el ámbito de la moral, a continuación protestais si éste se saca de la manga normas morales contenidas en Educación para la Ciudadanía.


Moraleja: no llames a un pirómano para apagar un incendio.

Para que la cosa quede con buen sabor de boca dejo un link de una gran canción de The Black Crowes:

http://es.youtube.com/watch?v=hWuSrc53QL4&feature=related



jueves, 5 de junio de 2008

Libertad religiosa

La Constitución Española, en su artículo 16.1 deja claro que "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley."

¿Por qué se recoge semejante derecho?

Su fundamento, como el resto de los derechos fundamentales, viene dado por la propia dignidad del hombre. Dignidad sin la cual, no existirían leyes superiores para la defensa de la vida y del desarrollo de la persona, aunque tantas veces sean ultrajadas por el arbítrio de otra gente.

El espíritu del hombre anhela el conocimiento de la verdad y la realización de la justicia. Y la religión es una búsqueda, o un encuentro, con tales anhelos a los que el hombre se adhiere y acepta su manera de vida conforme a la verdad conocida. Por eso su fundamento no reside en la subjetividad del individuo, sino en la propia naturaleza del ser humano, como seres dotados de una voluntad y una razón libres.

Toda esta búsqueda ha de realizarse desde la libertad. Por eso es tan necesario que ésta no se restrinja en demasía el libre ejercicio de la religión, tanto en el ámbito privado como en el público. Por eso el individuo debe estar protegido con una inmunidad de coacción por parte del Estado. Todos los hombres deben ser inmunes a dicha coacción para que no se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida actuar conforme a ella en público o en privado, porque los hombres no pueden satisfacer su exigencia vital de una manera adecuada, si no gozan de una libertad psicológica a la par que la ya citada inmunidad. Por ello la autoridad civil debe reconocer y favorecer la vida religiosa de sus ciudadanos; pero le estará prohibido, por exceder de sus competencias, el pretender dirigir, gobernar, o impedir las manifestaciones religiosas. Lógicamente, todo ello dentro unos límites debidos y razonables.

Es por eso que también la Constitución Española señala "...Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones." Está obligado a ello, no es un favor que le haga a una confesión, una concesión graciosa. Es su obligación, por ello no puede utilizar como un instrumento de chantaje esta colaboración, para tener bajo cuerda a las comunidades religiosas.

Esta libertad religiosa también se relaciona con la libertad de enseñanza. Otro de los derechos que no se les puede impedir. Educación también para el ejercicio de la libertad. Así como también, el Estado está obligado a abstenerse siempre de cualquier clase de actos que tengan un signo claro de persuasión en la conciencia de los aprendices, para intentar desactivar la divulgación religiosa, tanto así como para la imposición de una ideología laica, en la cual todo lo religioso deba ser eliminado de la vida pública. Sin que el Estado ponga en peligro, o prive, de la libertad de elección.

Pero como en toda libertad, su uso está sujeto a limitaciones. Así, habrá que tener en cuenta los derechos de los otros, los deberes para con los demás y el bien común de todos. Además, la sociedad tiene el derecho a protegerse contra los abusos que se pudiesen general bajo el pretexto de la libretad religiosa. De tal forma, que atendiendo también a lo dicho anteriormente, debe reconocerse la libertad del hombre de la manera más amplia posible y sólo debe restringirse cuando sea necesario y en la medida en que lo sea. Porque la libertad religiosa debe contribuir también a que los hombres actuen con responsabilidad en el cumplimiento de sus propios deberes en la sociedad en la que viven.